Después de muchos meses de sufrimiento y alegaciones, el pasado viernes día 8 de julio de 2011, fue aprobado por el Consejo de Ministros el Real Decreto 976/2011, por el que se introducen una serie de modificaciones al vigente Reglamento de Armas, aprobado por el Real Decreto 137/1993, de 29 de enero.
Este nuevo Real Decreto ha sido publicado en le BOE (Boletín Oficial del Estado) con fecha de 9 de julio, podeís consultarlo en formato PDF son solo 13 páginas.
http://www.boe.es/boe/dias/2011/07/09/pdfs/BOE-A-2011-11778.pdf
Las principales modificaciones que más nos afectan son:
Artículo 49: Se inserta un nuevo apartado, el cuarto, o sea más requisitos a la hora de comprar o vender armas, prestando especial atención a las técnicas de comunicación a distancia, o sea internet.
Artículo 108: Proceso de inutilización de armas mucho más completo y estricto, todo con el fin de que no se puedan rehabilitar. Vale la pena leerlo.
Artículo 112 y 113: Que hacen referencia a la Tarjeta Europea de Armas de Fuego, adaptándola a las últimas directivas comunitarias.
Este Real Decreto entrará en vigor a partir del próximo dia 28 de julio.
Salu2
1 Comentario
se puede ser mas ............. inepto?????????????????????
llevan al apis a la ruina y encima nos restringen mas el reglamento de armas,
¿¿ Acaso tienen miedo, ó son tan borricos, que solo por fastidiar al pèrsonal, con culaquir cosa vale????
Y, a los delincuentes de verdad, ¿¿ se les aplicara la ley con severidad, Ó acaso seguira como hasta ahora?????
15 de julio de 2011, 16:17